Deducción por donativos, donaciones y aportaciones a entidades sin finalidades lucrativas que les sea de aplicación la Ley 49/2002 de 23 de diciembre.
Se aumentan las deducciones aplicables a entidades sin finalidades lucrativas que les sea aplicable la Ley 49/2002. Se aplican porcentajes diferentes dependiendo de la forma jurídica de quien hace la aportación, del importe de la misma y del mantenimientos en el tiempo.
| 2016 en adelante |
01/01/2020 en adelante |
01/01/2024 en adelante |
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| Personas jurídicas (SA, SL, etc.) | |||
| Norma general | 35,00% | 35,00% | 40,00% |
| Si 2 años anteriores se hubiesen hecho donativos a una misma entidad por importes iguales o superiores, en cada uno de ellos al del ejercicio anterior | 40,00% | 40,00% | 50,00% |
| Persones físicas (i CB, SCP, etc.) | |||
| Hasta 250€ (150€ hasta 2023) | 75,00% | 80,00% | 80,00% |
| Exceso por norma general | 30,00% | 35,00% | 40,00% |
| Exceso de 250€ (150€ hasta 2023) si 2 años anteriores se hubiesen hecho donativos a una misma entidad por importes iguales o superiores, en cada uno ellos al del ejercicio anterior. | 35,00% | 40,00% | 45,00% |