Modificaciones en las Comunidades de Vecinos: reformas por accesibilidad y limitaciones viviendas uso turístico

Se introducen modificaciones en el régimen de propiedad horizontal con el fin de impulsar la realización de obras de mejora de la accesibilidad. En primer lugar, se incrementa hasta el 10% del último presupuesto ordinario la cuantía del fondo de reserva de las comunidades de propietarios y se establece la posibilidad de que estos recursos se destinen a la realización de las obras obligatorias de accesibilidad. En segundo lugar, se extiende la obligación de realizar estas obras de accesibilidad en aquellos supuestos en que las ayudas públicas a las que la comunidad pueda tener acceso asumen el 75% del importe de las mismas.

En materia de vivienda de uso turístico, también se recoge una reforma del régimen de propiedad horizontal que explicita la mayoría cualificada necesaria para que las comunidades de propietarios puedan limitar o condicionar el ejercicio de la actividad, o establecer cuotas especiales o incremento en la participación de los gastos comunes de la vivienda, en el marco de la normativa sectorial que regule el ejercicio de esta actividad y del régimen de usos establecido para los instrumentos de ordenación urbanística y territorial.