Legalización telemática de los libros obligatorios.
Todos los libros que obligatoriamente tienen que llevar los empresarios, incluido el de Actas, socios y acciones nominativas, se deberán de legalizar telemáticamente en el Registro Mercantil después de su cumplimiento en formato electrónico, en el plazo de los 4 meses posteriores al cierre del ejercicio.