Autónomos: Mejoras en la conciliación de la vida profesional y la familiar

Se amplia de 7 a 12 años la edad de los menores que tengan a su cargo los autónomos por aplicarse la bonificación por conciliación.

Se elimina la necesidad de sustituir al autónomo de baja por maternidad, paternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o la lactancia, para una persona con contrato de interinidad para tener derecho a la bonificación por estos conceptos.

Las autónomas que habiendo cesado su actividad por maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela, vuelvan a realizar una actividad antes de los 2 años, tendrán derecho a la cuota reducida de 50€ durante 12 meses, por tanto no les obligan a esperar a hacer 2 años de inactividad.